Medidas restrictivas adicionales que se aplican a la actividad física y del deporte en la ciudad de Valencia (del 1 al 15 de febrero de 2021)

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas

excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis

sanitaria ocasionada por la Covid‐19. [2021/530].

DECRETO 2/2021, de 24 de enero, del President de la Generalitat, por el que se limita la permanencia de grupos de personas en

espacios públicos y privados, se prorroga la medida de restricción de la entrada y la/ salida de personas del territorio de la Comunitat

Valenciana y se limita, durante los fines de semana y los días festivos, la entrada y la salida de los municipios y grupos de municipios

con población superior a 50.000 habitantes. [2021/670]

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se prorrogan diversas

resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada

por la Covid‐19, y se modifican y adicionan otras medidas excepcionales. [2021/888]

ACTIVIDAD FÍSICA DEPORTIVA AL AIRE LIBRE (NO FEDERADA)

‐ Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y fuera de instalaciones

deportivas, sin contacto físico y en las modalidades

individuales y aquellas que se practican por parejas solo

en caso de convivientes.

‐ El número máximo de personas que se podrán juntar

para la realización de actividad física al aire

libre/modalidades individuales (senderismo, ciclismo,

running o grupos de entrenamiento de modalidades

individuales al aire libre) será el establecido para la

limitación de la permanencia de grupos de personas en

espacios públicos y privados, que se establece por

decreto de Presidencia de la Generalitat (2 personas en el caso de no convivientes).

‐ El uso de la mascarilla será obligatorio durante la práctica de actividad física o deporte

dentro de los núcleos urbanos y en los espacios al aire libre, en horario de 10.00 horas

hasta las 19.00 horas.

Actividades permitidas: runnig, escalada, senderismo, pilates, yoga, etc.

ACTIVIDAD FÍSICA DEPORTIVA FEDERADA

‐ Se suspenden todas las competiciones, actividades y

acontecimientos deportivos de ámbito autonómico o inferior,

organizados por entidades públicas o privadas, en todas las

categorías y modalidades deportivas, incluidos los

entrenamientos.

‐ Se procede al cierre de las instalaciones y de los centros deportivos, abiertos o cerrados,

con la excepción de aquellos necesarios para el desarrollo de competiciones

internacionales o estatales de deporte profesional y los respectivos entrenamientos, y los

necesarios para el desarrollo de competiciones oficiales federadas de ámbito internacional

o estatal y de carácter no profesional y los respectivos entrenamientos.

Se permite la práctica de actividad

física y deporte al aire libre, fuera de

las instalaciones, sin contacto físico y

en modalidades individuales.

Se limita a un máximo de 2 personas.

Dentro de los núcleos urbanos, será

obligatorio el uso de las mascarillas

de 10.00 a 19.00 h.

Se suspenden todas las

actividades y competiciones

federadas de ámbito

autonómico o inferior.

2

‐ Sin perjuicio de las excepciones contempladas en

el párrafo anterior, no se podrá realizar actividad

física en instalaciones o centros deportivos

abiertos o cerrados, incluyendo clubes,

gimnasios, centros de entrenamiento, complejos

deportivos, pabellones, boleras, pistas para

carreras, centros de pilates, yoga y similares.

En todo caso las instalaciones, deberán atender a las

restricciones en cuanto a la circulación de personas.

CIERRE PERIMETRAL DE LA CIUDAD DE VALÈNCIA

Se establece un cierre perimetral de la ciudad de València, durante el fin de semana y los días

festivos. En este sentido se podrán aplicar las mismas excepciones que para el cierre del

territorio de la Comunidad Autónoma. Por lo tanto, de acuerdo con el que establece el párrafo

segundo del punto Primero, del Decreto 16/2020, de 5 de noviembre, del presidente de la

Generalitat, se permiten «los desplazamientos de los deportistas, entrenadores, jueces o

árbitros federados, para realizar actividades deportivas de competición oficial, debidamente

acreditados mediante un certificado federativo.

Fundació Esportiva Municipal. Passeig de la Petxina 42, 46008 (València). – Tel. (+34) 96.354.83.00

https://ww.fdmvalencia.es – informacion@fdmvalencia.es

Desde la FDM de València, hacemos un llamamiento a la responsabilidad de las personas y de las entidades, para

evitar situaciones que puedan suponer un retroceso sanitario, para lo cual es imprescindible, que se cumplan las

obligaciones contempladas en las diferentes resoluciones.

Para cualquier aclaración puedes contactar con la FDM de València:

Telf: 96.354.83.00 Ext.2904

E‐mail: deporte@fdmvalencia.es

Gracias por vuestra colaboración.

Se cierran todas las II.DD.MM.

(polideportivos, pabellones centros,

complejos, gimnasios, etc.). Se

excluyen solo aquellas necesarias para

entrenamientos y competiciones

federadas de ámbito estatal

/internacional y profesional (se

acreditará a través de un certificado

de la Federación Española).

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